Reglamentaron la excepción para personas con discapacidad durante la cuarentena

La medida había sido adelantada por Alberto Fernández el pasado viernes y se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

 

El Gobierno reglamentó la excepción para personas con discapacidad durante la cuarentena. Las salidas deberán ser breves, a no más de 500 metros de su residencia y respetando el cronograma establecido de acuerdo a la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI). Además se estableció las medidas que tendrán que cumplir quienes presten servicios médicos a domicilio.

El último viernes por la noche cuando Alberto Fernández anunció la extensión del aislamiento social hasta el 26 de abril, incluyó una serie de actividades que serían exceptuadas para “administrar la cuarentena”. En ese sentido adelantó que “estamos analizando permitir la salida de personas discapacitadas, solo dentro de los límites próximos a sus domicilios”. En efecto, este lunes se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación que deberá cumplir este sector de la población.

La Agencia Nacional de Discapacidad a través de la Resolución 77/2020 aclaró que la circulación de personas discapacitadas deberá estar sujeta al cumplimiento de la siguiente reglamentación: “Solo podrán realizar salidas breves cuando no tengan síntomas compatibles con COVID-19 (fiebre, dolor de garganta, tos y/o dificultad respiratoria) y siempre que no se encuentren comprendidas en ninguna de las siguientes circunstancias: a) Sean mayores de sesenta años; b) Tengan enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo; c) Tengan enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas; d) Tengan inmunodeficiencias; e) Tengan diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses; f) Personas embarazadas; g) Toda otra circunstancia que la autoridad sanitaria defina en el futuro”.

 

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Fuente: Infobae

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