Formación en cooperativismo y empresas recuperadas

Desde la Facultad de Ciencias Económicas indagan si la falta de formación en Cooperativismo en las carreras para Contador Público incide en la aplicación de la Ley 26.684 sobre empresas recuperadas.  “Hay una influencia de la falta de conocimiento sobre derecho cooperativo en la eficacia de la ley”, indica Horacio Rodríguez, director de la investigación.

 

Horacio Rodríguez es docente e investigador de la Facultad de Ciencias Económicas. Abogado egresados de la UNLZ, creó en 2004 el Instituto de Cooperativismo y Mutualismo de la unidad académica. “Mi recorrido está impregnado por la economía solidaria”, expresa.

En esa línea desarrolló sus trabajos académicos, que en la actualidad incluye un proyecto Lomas CyT.

 

¿De qué se trata el proyecto “La actuación del síndico concursal en la aplicación de la ley 26684”?

Este trabajo trata de cuál es el rol del síndico concursal en el caso de empresas que se intentan recuperar. A partir de la sanción de la ley en 2011 dejó de haber empresas recuperadas al mismo ritmo que se venía dando. Nos preguntamos qué pasó, porque la economía seguía teniendo problemas y los trabajadores seguían con esa necesidad.

 

¿Cómo surgen estas acciones de “recuperar empresas”?

Esto comenzó aproximadamente en 1996, cuando empezaron a haber un montón de empresas que concursan o quiebran y que en muchos casos comprobados, se vaciaban y los acreedores se quedaban sin cobrar, entre ellos los trabajadores.

Fue un movimiento que se dio de forma espontánea, porque los mismos empleados veían un deterioro en la infraestructura de la fábrica con máquinas obsoletas o que los clientes iban siendo derivados a otras firmas. El problema del trabajador es que se convierte en acreedor para cobrar su indemnización y tiene que esperar junto con los demás. En las quiebras todos los reclamos patrimoniales pasan por el juez, y ahí tiene que mandar a rematar para pagar a los acreedores según el orden que establece la ley. Los empleados tienen el privilegio de cobro respecto de lo producido de la venta de mercadería, materias primas y maquinarias (no si se vende por ejemplo el inmueble), pero esto era lo primero que se llevaban al vaciar las empresas. Así, se quedaban con lo que les garantizaba el cobro.

 

Entonces la alternativa era traspasar la fábrica a los trabajadores

Claro, Para evitar eso, los trabajadores empezaron a ocupar las fábricas para salvaguardar esos bienes. Vieron que estaban las máquinas, las materias primas, la mano de obra y a veces hasta llegaban pedidos. Así se empezó a autorizar que ya que estaban ahí, sigan trabajando para ir pagando las deudas.

La idea era que en caso de quiebra, antes que los bienes se desguacen y se malvendan en un remate en el que se recauda muy poco y no se puede pagar a todos, era más beneficioso que esa estructura la continúen los trabajadores. Ya en 2001, se habilitó la expropiación a través de distintas leyes y normas, y en 2011 se promueve la ley para que esto deje de ser espontáneo y esté ordenado dentro de la ley de quiebras.

 

Estudiar la eficacia de la norma

¿Qué establece la ley de empresas recuperadas?

La ley 26.684 le da un marco legal a la recuperación de las empresas concursadas, aquellas en las que el deudor no puede salir adelante para llegar a un acuerdo con los acreedores. Antes de rematar todos los bienes de una quiebra, se busca la alternativa de que los trabajadores, bajo la forma de una cooperativa, continúen con la empresa haciéndose cargo de los pasivos. Esto originalmente no estaba regulado.

 

«Consideramos que los síndicos no son lo suficientemente expeditivos porque en su formación de grado como contadores hay una deficiencia de capacitación en relación al cooperativismo. Entonces es difícil que un funcionario impulse la creación de una cooperativa si no sabe qué es».

 

¿Hay trabajos previos sobre este tema?

Existe un trabajo muy exhaustivo realizado a través del Programa Facultad Abierta de Filosofía de la Universidad de Buenos Aires. Ellos consideran que el mecanismo que se establece con la ley recarga todas las decisiones en el síndico y el juez de la quiebra. Según ellos, el problema es que no funciona la norma porque los responsables (los síndicos) de esta transformación no tiene ningún interés porque tienen otras prioridades y otras motivaciones. Además, consideran que las demoras burocráticas extendieron el proceso, que ningún trabajador resiste y se busca otro empleo. Así se desarma toda esa estructura. Pensemos que sin ley en 3 o 4 meses los trabajadores estaban en posesión de la empresa, ahora en promedio demora un año.

 

¿Cuál es la hipótesis con la que trabajan?

Nosotros, además tenemos otra hipótesis que los colegas de la UBA. Creemos que hay una variable más que se debe estudiar. Consideramos que los síndicos no son lo suficientemente expeditivos porque en su formación de grado como contadores hay una deficiencia de capacitación en relación al cooperativismo. Entonces es difícil que un funcionario impulse la creación de una cooperativa si no sabe qué es. Hay una influencia de la falta de conocimiento sobre derecho cooperativo en la eficacia de la ley.

Sin embargo, vale aclarar que en 2019, cuando se realiza el proceso de acreditación de la carrera en Coneau, se incorporan en los contenidos mínimos el derecho cooperativo. Se verán los frutos de una mejor formación en la materia en los próximos años.

 

¿Cómo son los pasos para realizar el estudio?

Primero, hicimos un relevamiento de todos los programas de las materias de derecho de las carreras de contador para analizar cuáles son los contenidos que se encuentran y cuáles no. También realizaremos entrevistas a los estudiantes de la Especialización en Sindicatura Concursal, a aquellos profesionales que ya trabajan y a las entidades cooperativas del conurbano bonaerense. Los trabajadores ven al síndico como un obstáculo, queremos escuchar a todas las partes. Claro que esta parte de la investigación se vio demorada por el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

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